sábado, 19 de marzo de 2016

Penitenciales Medievales: Sexo y Pecados


"¿Has hecho lo que algunas mujeres suelen hacer, has fabricado algún aparato o artilugio a modo de miembro viril a tu medida, lo has atado con algunas ligaduras en tus partes pudendas o en las de una compañera y has fornicado con otras mujerzuelas u otras contigo, con el mismo instrumento o con otro?
Si lo has hecho, cumplirás penitencia todas las fiestas de guardar durante cinco años."
  - Penitencial de Burchard de Worms, S.XI


Uno de los objetivos fundamentales de este blog es brindar toda la información posible sobre el sexo y el erotismo a lo largo de la historia, y con ello, ya de paso, derribar unos cuantos clichés y tópicos, que existen sobre el sexo y la sexualidad en determinadas épocas.

En este blog, ya hablamos sobre uno de los (supuestos) iconos más representativos de la sexualidad en la Edad Media... los cinturones de castidad. Hoy nos acercamos a otro de estos objetos polémicos... los penitenciales altomedievales.

Y es cómo veremos, estos penitenciales serán uno de los documentos medievales donde de forma más clara y detallista se nos habla de sexo, con unas descripciones tan detalladas que a veces rozan lo lascivo; pero al mismo tiempo se han utilizado para fijar la moral sexual de una época, la Edad Media, que abarca casi mil años y múltiples y muy variadas regiones.

Grabado sobre la lujuria, Peter Bruegel, el viejo.


¿Que son los penitenciales?

Estos penitenciales eran manuales donde se catalogaban todos los pecados imaginables que un sacerdote podía llegar a escuchar en confesión privada (sodomía, bestialismo, fantasías sexuales, lesbianismo... ) y donde también se asignaban las penitencias correspondiente por cada acto, normalmente ayuno y mucha plegaria, lógicamente aquellos que no querían pasar penurias espirituales podían conmutar la penitencia pagando una suma de dinero.  Es decir, el perdón era cuantificado según la gravedad del pecado cometido.

Estos penitenciales nos transmiten una idea de una moral sexual bastante férrea, imponiendo un código moral basado exclusivamente en el sexo dentro del matrimonio y sólo con fines reproductivos,  todo lo que se aleje de este fin era considerado vicio, pecado o lujuria.

Aunque paradójicamente, lo más lujurioso de toda esta historia son las descripciones recogidas en los propios penitenciales donde se recoge de manera minuciosa y detallada infinidad de prácticas sexuales.


Absolución tras la confesión, de un Libro de Horas francés,
finales del siglo XV
. Egerton MS 2019, f. 135

Origen

Los primeros penitenciales surgieron alrededor del siglo VI en Irlanda, región recien cristianizada, por lo que no nos debe extrañar que surgan en estas lejanas tierras célticas, ya que la falta de formación y preparación de su clero fue suplida a través de estos libros que sirvieron de base doctrinal para buena parte de ellos.

Posteriormente fueron llevados al resto del continente por sus monjes, cuando la práctica de la confesión privada comenzó a reemplazar las confesiones públicas de los pecados, extendiéndose al mismo tiempo la imposición de las penitencias.

Estas prácticas se siguieron publicando hasta bien entrado el siglo XII aunque oficialmente fueron condenados a la hoguera por la Iglesia Católica durante el Consejo de París en el 829.

En palabras del gran medievalista G. Duby el éxito de estos penitenicales fue porque "ayudaban a los jefes de la Iglesia a cumplir una de sus principales funciones: juzgar, definir las infracciones, fundándose en la autoridad de sus predecesores, con el fin de reprimirlas y, por este camino, asentar poco a poco y con solidez las reglas de una moral".

A esto hay que sumar que las autoridades seculares reconocieron este tipo de legislación eclesiástica, lográndose una cierta unificación entre ambas legislaciones, logrando la Iglesia avanzar en su tarea de cristianización y extendiendo su influencia en la sociedad.

Características

Los pecados recogidos en estos penitenciales eran de todo tipo desde el asesinato hasta la fornicación. Aunque parece ser que los pecados relacionados con el sexo fueron los que más interesaron a las autoridades eclesiásticas, ya que encontramos numerosas descripciones de los más variados actos sexuales, y donde no faltan todo tipo de detalles escabrosos.

Detalle de 'El jardín de las delicias' , El Bosco, 1500
Junto a estos pecados se recogían también las penas asociadas a cada uno de ellos, que iban desde el ayuno hasta la recitación de salmos, pasando ¡cómo no! por la repartición de limosnas, a ser posible a la Santa Madre Iglesia.

Por otro lado, estos penitenciales nos permiten observar el tipo de moral sexual que queria imponer la Iglesia al resto de la sociedad: una visión del sexo negativa y restrictiva. Restringiendo todo tipo de prácticas y posturas, incluso imponiendo las fechas adecuadas para realizar el acto sexual.

De esta forma cualquier acto sexual no destinado a la procreación era considerado pecado, por lo que tanto el sexo oral como el sexo anal eran considerados pecaminosos, ya que su único fin era la obtención del placer sexual. Esta visión del sexo era tan restrictiva que hasta las caricias y los tocamientos (contactus partium corporis) eran considerados como faltas, ya que aportaban una dosis de placer no necesaria para la procreación.

Pero la Iglesia no sólo condenaba los actos en sí, los hechos, sino también los pensamientos, por lo que tanto el hombre como la mujer debían reprimir cualquier sentimiento relacionado con el deseo erótico (voluptas) o las fantasías sexuales (delectio fornicationis).

Es decir, la única postura permitida, no pecaminosa, era la considerada natural, es decir, el misionero, de frente, el hombre arriba y la mujer debajo. Todo un símbolo de como concebía la Iglesia el papel de la mujer en el sexo: pasiva y sumisa. Y es que no es casualidad que esta postura sea una de las que menos placer otorga a la mujer en la cama, ya que el pene, con esta postura, entra en contacto con la parte de la vagina más alejada del clítoris, intentando evitar así que la mujer obtenga placer de sus relaciones.

Como vemos, la regulación de la sexualidad por parte de la Iglesia era total, incluso en el cuándo se podía realizar el acto sexual, considerando falta o pecado practicar el coito durante los días sagrados, en festividades religiosas, o cuando la mujer tenía la menstruación.

Salterio Lutrell, c. 1325-1335, fraile franciscano escuchando la
confesión de una monja. Additional MS 42130, f. 74

Fin de los penitenciales

El principal motivo para su prohibición fue que estos penitenciales ofrecían un código sexual diferente a la postura oficial de los padres de la Iglesia. La gravedad de los pecados y sus condenas variaban enormemente de un penitencial a otro, muchas veces contradiciendo la postura oficial de la Iglesia. Así por ejemplo, el castigo por cometer algunos pecados, como pueden ser el sexo por placer o el uso de anticonceptivos, podía variar enormemente de un libro a otro, y lo que era peor, contradecir la opinión que ofrecían los ideólogos y obispos de la Iglesia.

Es decir, estos libros una vez que cumplieron su primera misión (ayudar a instalar la moral católica en tierras paganas) fueron considerados peligrosos, ya que no sólo contribuían a la confusión moral del creyente sino que podían dar lugar a la aparición de fuerzas disidentes dentro de la misma Iglesia.

Pero a pesar de que estos penitenciales estuvieron proscritos desde el siglo IX se siguieron utilizando hasta bien entrado el XII, ya que fueron obras evidentemente prácticas, incluso se redactaron nuevos ejemplares. Sólamente con la aparición de los confesionales, obras cuyo texto había sido redactado por la Iglesia oficial, se logró ir desterrando el uso de estos penitenciales.

Otro de los motivos de la progresiva desaparición de estos manuales fueron los cambios producidos en el acto de la confesión, ya que se instruye a los confesores a no preguntar directamente sobre los distintos pecados posibles. El motivo de ello era evitar dar nuevas ideas pecaminosas al feligrés, ya que al preguntarle si había cometido tal o cual pecado, o si había realizado una determinada postura pecaminosa, en realidad estaba fomentando la imaginación lasciva del confesante.

Y es que este fragmento de un penitencial, más parece un fragmento de literatura erótica que un manual para evitar pecar:

"¿Has hecho lo que algunas mujeres suelen hacer, que, cuando quieren apagar el deseo que las atormenta, se juntan como si pudieran y debieran unirse, y juntan ambas sus sexos y frotándose así la una con la otra desean apagar su ardor? Si lo has hecho, debes cumplir penitencia todas las fiestas de guardar durante cuatro meses."
- Penitencial de Burchard de Worms, S.XI

Con el fin del uso de los penitenciales la Iglesia dió otro paso en la difícil unificación de la moral (sexual) cristiana, recordar que algunas viejas tradiciones, como la esclavitud o la poligamia, fueron muy difíciles de extirpar de las sociedades medievales, especialmente en el norte de Europa, donde la renovación carolingia supuso un paso fundamental para cimentar el cuerpo doctrinal de la Iglesia.


Principales penitenciales medievales:

Como ya vimos los primeros penitenciales surgieron en las lejanas tierras célticas (Irlanda, Escocia), por lo que los más antiguos fueron redactados por monjes irlandeses:

- Penitencial de Vinnian (550 d.C.), principal libro penitencial del siglo VI.

- Penitencial de Cummean o 'Comianus' (650 d.C.), atribuido a un abad irlandés del mismo nombre. Fue uno de los primero penitenciales medievales teniendo una amplia circulación por Europa. La preocupación de los penitenciales por los pecados sexuales se hace evidente desde estos primeros libros, contando ya con un capítulo dedicado a la fornicación.

Posteriormente, con la difusión de estos penitenciales por tierras europeas, surgieron nuevos penitenciales mucho más elaborados con una carga ideológico mucho más definida:

Penitencial de Teodoro.
- Penitencial 'Canon de Teodoro', (siglo VII) Teodoro de Tarso fue un monje benedictino enviado por el Papa Vitaliano a Inglaterra, donde fue nombrado obispo de Canterbury. La importancia de este penitencial radica en ser uno de los primeros redactados por un latino, sirviendo de inspiración para la redacción de posteriores penitenciales. Está incluido en un conjunto de leyes y manuscritos incluido en el Corpus Christi College 190 de Cambridge.

- Penitencial de Reginón de Prüm (siglo IX), incluído en la obra titulada 'De Ecclesiasticis disciplinis et Religione Christiana', donde entre las preguntas recogidas hay 22 dedicadas a asuntos de índole sexual. Lo llamativo de este penitencial es que las preguntas no van dirigidas a la persona directamente, sino están realizadas a hombres selectos de la comunidad para que contesten sobre los pecados de los otros.

- Penitencial de Burcardo de Wörms (siglo XI), es uno de los penitenciales más influyenes de la Alta Edad Media y uno de los más famosos por el detallado cuestionario relativo a las transgresiones morales, abarcando más de 200 preguntas. Este penitencial también es conocido como 'Corrector et Medicus', ya que como el mismo libro dice en su introducción: "contiene las correciones de los cuerpos y las medicinas de las almas, y enseña a cualquier sacerdote, incluso al sencillo, cómo ha de ayudar a cada individuo".

- Penitencial de Alano de Lille (siglo XII), denominado 'Liber Poenitencialis', un breve penitencial que se diferencia de sus antecesores porque se aleja de la visión de las penitencias tarifadas, tan características de los siglos anteriores.


Para finalizar, nada mejor que leer un extracto de uno de estos penitenciales para hacernos una idea del tipo de preguntas que se gastaban en estos textos... Aquí os dejamos con un extracto del famoso penitencial de Burcardo de Worms:


PENITENCIAL DE BURCARDO de WÖRMS

41-. ¿Has cometido adulterio con la esposa del otro, sin estar casado? 40 días a pan y agua, y 7 años de penitencia.
42-. Si, casado, has cometido adulterio con la mujer del otro, cuando tenías con qué satisfacer tu deseo, 2 ayunos con 14 años de penitencia.
46-. ¿Has fornicado con una monja, es decir, con una desposada de Cristo? Si es así, 40 días a pan y agua y 7 años de penitencia; y durante toda la vida los viernes tomarás sólo pan y agua.
52-. ¿Te has acoplado con tu mujer, o con cualquier otra, por detrás, como los perros? Si es así, 10 días de penitencia a pan y agua.
53-. ¿Te has unido a tu esposa durante su menstruación? Si es así, 10 días de penitencia a pan y agua.
120-. ¿Has fornicado, como lo hacen los sodomitas, introduciendo tu verga en la parte trasera de un hombre? Si estás casado y lo has hecho una o dos veces, 10 años de penitencia en los días oficiales, uno de ellos a pan y agua. Si es una costumbre, 12 años. Si lo hicieste con tu hermano de sangre, 15 años.
123-. ¿Has fornicado solo, es decir, has tomado tu miembro viril en la mano y, tirando del prepucio, lo has agitado hasta el punto de expulsar tu semilla por placer? Si es así, 10 días.
126-. ¿Has cometido sodomía o bestialidad con hombres o animales, a saber, con una vaca, una burra o cualquier otro animal? Si lo has hecho una o dos veces y no tenías esposa para aplacar tu lubricidad, ayunarás 40 días a pan y agua y harás siempre penitencia. Si estabas casado, ayunarás 10 años en días fijados. Si tenías la costumbre de cometer ese crimen, ayunarás 15 años. Si cometiste el acto en cuestión en tu juventud, ayunarás 100 días a pan y agua.


Conclusión

Como bien apunta C. Vogel en su obra 'La penitencia en la Edad Media': No es exagerado decir que la penitencia tarifada produjo una ruptura radical con la antigüedad y con la manera de concebir, en la vida cotidiana, las relaciones entre Dios y el pecador, entre el pecador y la Iglesia. El nuevo sistema constribuyó por ello mucho a forjar unna espiritualidad nueva, que sobrevive en nuestros días".

Es decir, estos penitenciales son un claro reflejo de la lucha de la Iglesia por imponer sus dogmas de control y dominación sobre una inmensa población, situada en el norte de Europa, aún no cristianizada. Sirvieron, entre otras cosas, para instaurar una visión eclesiástica del matrimonio, y especialmente para controlar todos los aspectos de la sexualidad humana.

Incluso la misma evolución de los diferentes penitenciales reflejan los cambios de la mentalidad o de prioridades en el seno de la Iglesia. Poco a poco, la Iglesia, con el apoyo de los poderes laicos, irá estrechando el cerco para el control de la moral y de la conducta de sus feligreses hasta lograr imponer su visión hasta en los más íntimos detalles de la sexualidad humana.



 Bibliografía 

Leah Otis-Cour, Historia de la pareja en la Edad Media: placer y amor, Siglo XXI de España Editores, 2000.

L’Hermitte-Leclercq, P. “Las mujeres en el orden feudal (siglos XI y XII)”. Historia de las Mujeres en Occidente: la Edad Media. Madrid: Taurus, 2000. v.2 de Historia de las Mujeres en Occidente. Dir. G. Duby y M. Perrot.

Matthews Grieco, Sara F. “El cuerpo, apariencia y sexualidad”. Historia de las Mujeres en Occidente: del Renacimiento a la Edad Moderna (Tratado sobre el amor). Madrid: Taurus, 2000. v.3 de Historia de las Mujeres en Occidente. Dir. G. Duby y M. Perrot.

Payer, J.P., Sex and the penitentials. The development of a sexual code, 550-1150

Raña Dafonte, C.L.; "Corrector et medicus": la ética altomedieval a la luz de los penitenciales, Revista Española de Filosofía Medieval, 2006.

Raño Dafonte, C.L.; De Vita non sancta en la Alta edad media, Revista Española de Filosofía Medieval, 2005.

Vanina Neyra, A.; Los Libros Penitencialesla penitencia tasada en la alta Edad Media, Anales de historia antigua, medieval y moderna, Nº 39, 2006 (Ejemplar dedicado a: Historia y Arqueología Altomedieval en torno a la problemática Longobarda (II parte)), págs. 215-226.

Verdon, Jean. El amor en la Edad Media: la carne, el sexo y el sentimiento. Barcelona: Paidós, 2008.

Vogel C.; La penitencia en la Edad Media, Editorial CPL, Barcelona, 1999.

Anónimo, Cartas de Abelardo y Eloísa, Madrid, Alianza, 2002.


[En Internet]

Cabanes Jiménez, P.;  La sexualidad en la Europa medieval cristiana, Universidad de Cádiz, 2003.
en http://parnaseo.uv.es/Lemir/Revista/Revista7/sexualidad.htm

Los pecados y castigos en la Edad Media Leyes y Penas Flagelantes en http://historiaybiografias.com/edadmedia8/


http://www.revistahistorik.com/loprohibidolopracticado.html






domingo, 6 de marzo de 2016

Lex Oppia: La primera manifestación de mujeres

Breve crónica de los sucesos

Año 195 a.C., Roma ha superado una de sus etapas más críticas de su historia, Cartago ha claudicado y Roma sobrevive al pulso de la historia; la agricultura y el comercio se reactivan y la riqueza vuelve a florecer entre los ciudadanos romanos.

Dos  tribunos de la plebe piden al senado que se abrogen varias leyes destinadas a la austeridad y a la carestía, ya que Roma vuelve a ser la nación más poderosas del Mediterráneo.

El fogoso debate en el senado se ve interrumpido por una algabaría que está ocurriendo en el exterior, los senadores alarmados se dirigen a la plaza del foro y lo que contemplan sus ojos les llena de estupor... nunca en la historia de Roma se había visto algo igual.

Una multitud de mujeres se agolpan frente al senado, exigiendo la derogación de la ley que estaba siendo debatida, el rumor se extiende por las calles de Roma, y poco a poco, grupos de mujeres de toda clase y condición, van colapsando los accesos al Foro. Las mujeres de más alta alcurnia son las que encabezan la manifestación, presionando a sus maridos para que voten a favor de la derogación de la ley.

Los maridos más severos recriminan a sus mujeres su presencia, ordenándolas que vuelvan a casa, pero ninguna mujer se mueve de allí, los gritos y las burlas contra los senadores que se mantienen a favor de la ley se extienden por toda la plaza pública.

La noche cae en las calles de Roma y el debate se aplaza para la próxima jornada.

Reconstrucción de el Foro romano.

Pero para sorpresa de los senadores, al día siguiente la situación es exactamente la misma, a la hora de iniciar el debate, las mujeres se van agrupando en torno al foro, incluso los rumores de los hechos acecidos en la jornada anterior, se han extendido a las ciudades más próximas, por lo que grupos de mujeres de las aldeas vecinas vienen a sumarse a la manifestación.

Un magistrado pide calma a la masa que se agolpa en la escalinata del senado, el severo Marco Pocio Catón, máximo defensor de mantener la ley, alza su voz e inicia un discurso arremetiendo ferozmente contra la actitud emprendida por las mujeres, fustigando a los maridos que han tolerado tal actitud y exponiendo los peligros de aumentar el lujo y de ceder ante las presiones de una multitud enarbecida.

¿Quién se saldrá con la suya? ¿Lograrán las mujeres romanas imponer su voluntad frente a una sociedad tan machista y patriarcal? o ¿los senadores avergonzados ante las palabras de Catón votarán en contra de la derogación?

Acompáñanos en este viaje a la Roma del siglo III a.C. y descubre por qué empezó y cómo acabó la primera manifestación de mujeres documentada en la historia



Parte I: Roma al borde del colapso ¿por qué se promulga la Ley Oppia?

Todo comenzó en el año 215 a.C., Roma estaba en plena lucha por su supervivencia contra la poderosa Cartago de los Barca. La II Guerra Púnica parece estar a punto de decantarse a favor de Cartago, un año antes en el 216 a.C., Roma había sufrido una de sus derrotas más humillantes en Cannas, y los ejércitos de Aníbal campan a sus anchas por suelo itálico, mientras numerosas ciudades itálicas, antiguas alidas de Roma, cambian de bando. La orgullosa Roma se tambalea, a punto de perecer contra su ancestral enemigo.

La crisis económica se apodera de la ciudad, la disminución del comercio y el estado de guerra permanente hace que la producción agrícola disminuya alarmantemente. La plebe urbana nerviosa, amenaza con sublevarse. Y es que mientras el hambre y la miseria se extendía entre las clases populares, los grandes aristócratas seguían ostentado su poder y riqueza por las calles de Roma.
 
Retrato mujer romana Al-Fayum
El Senado, temiendo una guerra civil, aprueba una ley que limitaba la ostentación pública de riquezas, es la famosa Lex Oppia (ley que debe su nombre al tribuno de la plebe Cayo Oppio), ley que obligaba a todos los ciudadanos romanos a regirse por la austeridad que estaba padeciendo tantos las clases populares como el mismo Estado. No sólo se restringe el uso de joyas, sino también de vestidos lujosos o de colores llamativos (por el uso de tintes caros), así como el uso de carruajes de dos o cuatro caballos para fines no religiosos.

Todo parece indicar que la promulgación de esta ley fue aceptada por la mayoría de las familias patricias romanas, además su incumplimiento suponía la confiscación por parte del Estado de aquellos bienes exhibidos. Además, a esta ley se le sumó en el año 210 a.C. una propuesta del cónsul Valerio Levino, aconsejando a los senadores donar al Tesoro del Estado algunas de las joyas y anillos de oro de esposas e hijas, ya que la misma supervivencia de Roma estaba en juego

Parte II: La victoria de Roma ¿por qué se quiere derogar la ley?

Roma, gracias a su sacrificio y a su capacidad de reponer tropas, es capaz de vencer a Cartago, quedando como única potencia hegemónica en el Mediterráneo. A partir de ese momento crucial, Roma se transformará en el centro cultural, político y económico del mundo. Los soldados victoriosos regresan a sus hogares con un cuantioso botín, las riquezas de los vencidos fluyen hacia Roma y el comercio mundial gira en torno a la ciudad del Lazio, los años de penurias y carestía han quedado atrás y ante la ciudad de Roma se alza un futuro próspero.

Por lo que en el año 195 a.C., dos tribunos de la plebe Marco Fundanio y Lucio Valerio decidieron solicitar la derogación de la lex Oppia; ya que creían que un nación vencedora tenía derecho a exhibir orgullosa la riqueza de sus conquistas.

La propuesta fue llevada al Senado, donde muy pronto se radicalizaron las posturas, produciéndose un enfrentamiento entre los dos bandos: el bando encabezado por los dos tribunos que exigían la derogación de la ley y el bando más tradicionalista, que defendía mantener los valores romanos de austeridad y sobriedad, a cuyo frente se puso Catón.

Parte III: La rebelión de las mujeres

Retrato de Al-Fayum
Durante estos días de intenso debate, por primera vez en la historia de Roma, las mujeres rompían con su tradicional silencio y se manifestaron en el foro a favor de la derogación de la ley. Además, según iban pasando los días y el debate se radicalizaba, más y más mujeres, se concentraban en la plaza del Foro exigiendo que se les devolviese el derecho a lucir elementos suntuarios.

Esta actitud provocó la indignación entre el sector más tradicionalista del senado, ya que consideraban que este comportamiento suponía una profanación de los espacio de la vida pública reservados a los hombres.

Aunque el día de la votación definitiva se produjo un hecho aún más insólito...

El día anterior a la votación había circulado el rumor que los tribunos Marco y Publio Bruto iban a imponer su veto para impedir que la propuesta de derogación prosperase. Por lo que a la mañana siguiente, cuando éstos iban a salir de sus casas en dirección al Foro, se encontraron con un "escrache" en todo regla a las puertas de sus domus, una multitud de mujeres impidieron que ambos tribunos llegasen al Foro, atropellándoles mediante preguntas y exigencias.

Así el día de la votación, mujeres de todo tipo y condición (a pesar que la ley perjudicaba sólo a las mujeres de las clases más alta) se lanzaron a las calles de Roma, en número aún más numeroso que las concentradas en los días anteriores, llegando mujeres de pueblos y ciudades vecinas. Gracias a esta constante fuerza de presión, las mujeres consiguieron su objetivo, logrando la abrogación de la ley con la unanimidad de todas las tribus.

 Parte IV: Dos discursos para la historia

Esta actitud de las mujeres pilló a todos tan por sorpresa, que su postura fue debatida en el Senado, en medio del estupor y el escándalo general. Por suerte para nosotros, el debate fue tan intenso que se han conservado dos de los discursos más famosos realizados en aquellas jornadas y recogidos por la pluma de Tito Livio: el de Marco Porcio Catón y el de Lucio Valerio.

Aunque éstas no son las únicas referencias a la Lex Oppia en la literatura romana. Existen bastantes textos que recogen este episodio, aunque la mayoría de ellos, encierran un discurso bastante misógino, tildando a las mujeres de caprichosas, presumidas, irresponsables...

Catón el Viejo realizando un discurso en la plaza del Foro.

Antes de analizar los discursos recogidos por Tito Livio hay que apuntar, que bajo esta lucha de las mujeres, se esconde un enfrentamiento entre dos posturas políticas contrapuestas, por lo que la elección de los personajes que realizan dichos discursos no es casual:

Por un lado tenemos a Marco Porcio Catón 'el Viejo' máximo defensor de las tradiciones republicanas, representadas en valores como la austeridad, la sobriedad y la disciplina. Con un discurso bastante misógino sobre el papel de la mujer en la sociedad romana.

Por el otro lado, tenemos al tribuno Lucio Valerio, que representaría las nuevas corrientes de pensamiento más hedonistas, con clara influencia de los nuevos valores griegos que empiezan a penetrar en la sociedad romana.

Así Catón en su discurso, con una fuerte carga misógina, ataca primero a las mujeres por atraverse a salir de sus casas a inmiscuirse en asuntos de exclusividad masculina, ya que las mujeres deben permanecer bajo la tutela del paterfamilias y no se las debe permitir participar en la vida pública. Además las acusa de que esta manifestación es por un simple asunto de vanidad, ya que según él, no soportan ir vestidas igual que las mujeres de clase inferior.

En la segunda parte de su discurso reprocha a los senadores no haber sabido controlar a sus mujeres y les advierte del peligro de que las mujeres obtengan más derechos, pasando el pueblo romano a ser un pueblo gobernado por mujeres.

La réplica corresponde a Lucio Valerio, que defiende el derecho de las mujeres a exhibir las riquezas que tanta sangre le había costado al pueblo romano obtener, ya que ellas también habían sufrido las privaciones de la guerra. Por lo que las mujeres de los generales podian lucir con orgullo las prevendas que las disntiguían del resto de las clases sociales.

Retrato de Catón el Viejo
El Discurso de Catón

  “¿Qué forma es ésta de precipitaros fuera de vuestras casas, bloquear las calles e interpelar a unos hombres que no conocéis? Cada una de vosotras podría haber formulado esta demanda en su casa, ante su marido. ¿Es vuestro poder de seducción más grande ante unos desconocidos que ante vuestro esposo? ¿Corresponde a una mujer saber si una ley es buena o no?
 

Nuestros antepasados han querido que ninguna mujer, incluso en un asunto de carácter privado, pueda intervenir sin un fiador, que estén protegidas por la tutela de sus padres, de sus hermanos, de sus maridos, ¡y nosotros las dejamos entrar en la vida del Estado, ocupar el Foro y participar en las asambleas! ¿Qué no intentarán luego si consiguen esa victoria?
 

 ¿Y por qué esta revuelta? ¿Acaso para suplicar que rescaten a sus padres, maridos o hijos, prisioneros en Cartago? No, es para brillar con oro y púrpura y para pasear en sus carros; para que no haya límite a nuestros gastos ni a la profusión de lujo”.

"Si cada uno de nosotros, señores, hubiese mantenido la autoridad y los derechos del marido en el interior de su propia casa, no hubiéramos llegado a este punto. Ahora, henos aquí: la prepotencia femenina, tras haber anulado nuestra libertad de acción en familia, nos la está destruyendo también en el Foro. Recordad lo que nos costaba sujetar a las mujeres y frenar sus licencias cuando las leyes nos permitían hacerlo. E imaginad qué sucederá de ahora en adelante, si esas leyes son revocadas y las mujeres quedan puestas, hasta legalmente, en pie de igualdad con nosotros. Vosotros conocéis a las mujeres: hacedlas vuestros iguales. Al final veremos esto: los hombres de todo el mundo, que en todo el mundo gobiernan a las mujeres, están gobernados por los únicos hombres que se dejan gobernar por las mujeres: los romanos."

- Intervención en el Senado de Marco Porcio Catón, recogida por Tito Livio Indro Montanelli. Historia de Roma. Plaza & Janés. Barcelona, 1961



Bibliografía

Kühne, V.; La "lex oppia sumptuaria" y el control sobre las mujeres, Mulier: algunas historias e instituciones de derecho romano / coord. por Rosalía Rodríguez López, María José Bravo Bosch, 2013, págs. 37-52

http://arraonaromana.blogspot.com.es/2013/11/rebelion-de-las-mujeres-en-la-antigua_10.html

http://revistadehistoria.es/lex-oppia-las-protestas-de-las-mujeres-romanas/