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martes, 3 de septiembre de 2019

Reyes medievales españoles y el sexo

Durante todo el verano hemos estado hablando de sexo e historia en Canal Extremadura Radio, por lo que cada semana hemos dedicado un especial a nuestros monarcas más recientes, empezamos hablando de los Borbones hasta llegar a los Austrias, adentrándonos sin tabúes en su personalidad, sus pasiones, sus vicios y sobre todo en sus amores.

Pero se acaba el verano, y con él, nuestra sección veraniega, y para concluir este repaso a la sexualidad de nuestros reyes hispánicos, hemos decidido finalizar la sección haciendo un repaso rápido a algunas cuestiones sexuales relativas a nuestros monarcas visigodos, astures, leones o castellanos.

Y es que la importancia del sexo en la historia está fuera de toda duda y las historias aquí contadas son un buen ejemplo de todo ello.


La Cava saliendo del baño
por Isidoro Lozano.

RODRIGO, LA PÉRDIDA DE UN REINO POR UNA VIOLACIÓN


¿Quién dijo que el sexo no es importante en la historia? Un hecho fundamental en el devenir de la historia de la península ibérica viene precedido por un desafortunado encuentro sexual. Y es que según cuenta la leyenda, Don Rodrigo (710-711), rey visigodo violó a la hija de Don Julián, conde de Ceuta. Don Julián clama venganza o al menos restaurar la honra de su hija casándola con el rey. Pero antes los oídos sordos del rey visigodo, se decidió a cobrar su merecida venganza permitiendo y ayudando a las huestes musulmanas a cruzar el estrecho.

Seguramente la invasión musulmana se hubiese producido, con o sin la ayuda del gobernador de Ceuta, ya que la fractura del reino visigodo era evidente, y el auge del imperio musulmán imparable, aunque, tal vez, si la invasión se hubiese retrasado unos años hubiese surgido alguna figura capaz de aglutinar a todas las facciones visigodas y poder hacer frente a las tropas musulmanas.

ALFONSO II DE ASTURIAS "EL CASTO"


Alfonso II protagonizó un largo y próspero reinado del 791 al 842, expandiendo las fronteras de su reino, y no menos importante, descubrió la tumba del apóstol Santiago. Pero si lo traemos aquí es por su apodo, que como bien indica, nos hace ver que no era una persona muy lujuriosa. Y es que como nos informan las crónicas de la época, parece que ser no mantuvo ningún tipo de relación sexual, ni siquiera con su esposa, por lo que fue un rey sin herederos.

Y que un rey no trate de asegurar su dinastía con algún heredero parece bastante extraño, por lo que parece evidente que tuvo que tener o algún problema fisiológico (impotencia, esterilidad) o era una persona asexual o homosexual al que no atraían las mujeres. Nunca lo sabremos, pero la Iglesia supo vender esta castidad como una virtud y de ahí su buen reinado.

Estatua de Alfonso II el casto.


ALFONSO VIII DE CASTILLA y SU AMOR PROHIBIDO


La mayoría de reyes en cambio fueron mucho más mujeriegos, y realmente no importaba el número de amantes o bastardos que tuviese siempre que todo se encuadrase dentro de las normas sociales de la época.

Alfonso VIII.
Y aquí está el problema de Alfonso VIII (1158-1214) que se enamoró de Doña Fermosa, aunque su nombre real era Raquel, y el problema, como pueden adivinar por su nombre, es que era una judía toledana. Así que, si eres mujer, y encima de otra religión, prepárate porque te van a cargar de las culpas de todos los males acaecidos durante su reinado.

Y es que las crónicas nos cuentan que la pasión amorosa vivida entre el monarca y su bella amante fue tal que durante siete meses (o siete años, según la versión) se entregaron a los placeres del amor encerrados dentro de los lujos del palacio real, olvidándose el rey de cumplir con sus obligaciones reales, la más importantes de todas, dar guerra al musulmán.

Por lo que tras la derrota de las tropas cristianas en Alarcos frente a los musulmanes muchos no dudaron en culpar al rey, por su retiro amoroso, de la derrota. Incluso no faltó quién lo achacó a un castigo divino ante la afrenta de aquel amor heterodoxo.

Por lo que los nobles y buena parte del Consejo Real conspiraron para deshacerse de la amante del rey, origen de muchas de las desavenencias familiares y nobiliarias del reino, que veían con recelo el ascenso de varios judíos en la corte real. Para tal fin, organizaron una cacería real, alejando durante varias jornadas al rey de su queridísima amada, por lo que sin la protección del poderoso monarca, la joven fue degollada sin más contemplaciones.

A la vuelta de la cacería la furia del rey fue aplacada bajo argumentos de todo tipo: nobles, clérigos, familiares, adujeron toda clase de excusas para llevar a cabo tal acto. Tan es así, que el rey arrepentido de su impuro amor se retiró en penitencia a la Iglesia de Illescas.




LOS SANTOS: Fernando III de Castilla y León (1217-1252) y Luis IX de Francia (1226-1270)



Teniendo en cuenta que la Iglesia prohibía practicar sexo la mayor parte del año, algunos reyes obtuvieron su apodo por seguir fervientemente las recomendaciones de la iglesia en materia sexual, es decir, por fornicar sólo los días que estaban permitidos... y si nos ponemos a echar cuentas estos días eran los justitos:

El sexo estaba prohibido los miércoles, viernes y domingos, y sólo se podía practicar por la noche o en la oscuridad. Después, lógicamente, había temporadas donde un buen cristiano no podía tener el cuerpo para alegrías, sino sólo para pensar en su pobre alma: estas temporadas eran toda la Cuaresma (lo de no comer carne era algo más que una obligación culinaria), pero tampoco 40 días antes de Navidad o los 40 días previos a la fiesta del Pentecostés.

Después estaban las prohibiciones más del día a día, prohibido también estaba fornicar la semana antes de comulgar, así como los días donde se celebrase alguna santidad. En definitiva, que para fornicar sin pecar un buen cristiano sólo tenía un tercio de los días del año.


Por lo que no parece nada raro, que si algún soberano era capaz de cumplir con todos estos requisitos sexuales se le canonizase como santo...


Y así fue el caso de Fernando III de Castilla y León (San Fernando) o el de su primo Luis IX de Francia (San Luís).

Ambos monarcas cumplían fielmente estas recomendaciones de la Iglesia, aunque el caso de Luis era más llamativo, porque a este monarca sí que le apasionaba el sexo, por lo que cuando llegaba un día permitido, se ponía a la faena a lo loco, en cualquier lugar y varias veces al día. Tan es así, que su madre, Blanca de Castilla, dio órdenes que se organizase una red de vigilancia para no pillar al rey y su esposa en plena faena en cualquier lugar.

Luis IX de Francia, San Luís.




ALFONSO XI DE CASTILLA, UNA GUERRA CIVIL POR UNA MUJER


Otro ejemplo de como el sexo puede configurar alianzas entre países, provocar guerras e incluso una guerra civil lo tenemos en el caso de Alfonso XI de Castilla. Se casó en 1328 con la princesa María de Portugal, hija del rey portugués, con la que tuvo dos hijos, uno de ellos Pedro I "el cruel'.

Pero pocos años después se enamoró perdidamente de Leonor de Guzmán, que rápidamente pasó de ser "la favorita", instalándola con toda clase de lujos en Sevilla, a reina cooficial, ya que le dio más de 10 hijos al monarca, entre ellos, Enrique II, viviendo ambos como marido y mujer.

Como nos podemos imaginar, más pronto que tarde, María, despechada y humillada, volvió a la corte portuguesa, aunque a pesar de su exilio de más de 20 años, siempre se consideró la reina legítima de Castilla, y sus hijos herederos de pleno derecho al trono.

Este hecho fue tan escandaloso que hasta el propio Papa Benedicto XII escribió al monarca para que recapacitase, incluso no dudó en culparle de la derrota de sus tropas ante los musulmanes por su relación pecaminosa. Decía la misiva:

"Examina tu conciencia y mira si no te habla nada acerca de esa concubina a que hace tanto tiempo estás demoniadamente apegado en detrimento a tu salvación y de tu gloria"

Así que a la muerte de Alfonso XI tenemos un cóctel explosivo que llevará a los reinos hispánicos a una larga y cruenta guerra civil que se extendió durante varios años, con suerte cambiante para ambas facciones... 


Por un lado tenemos, a Pedro I "el cruel" o el "justiciero" según el cronista de turno, hijo de María de Portugal y por otro a Enrique II de Trastámara, hijo de Leonor.  Y aunque en un primer momento, la familia de Leonor juró lealtad a Pedro, y se prometieron obediencia y esas bonitas cosas que se prometen en el momento de la coronación. Tanto unos como otros no tardaron en conspirar para eliminar a tan peligrosos enemigos.

La última despedida, de Antonio Amorós y Botella. 1887. Museo del Prado.
La obra representa el momento en que Fadrique Alfonso se despidió de su madre Leonor en presencia de la reina María de Portugal.

María, lo primero que pidió a su hijo Pedro fue la cabeza de su antigua rival amorosa, la reina Leonor, que fue hecha prisionera en el mismo cortejo fúnebre y posteriormente ejecutada. Pedro "el cruel" fue asesinado a todos los hermanastros que le caían a mano, menos a Enrique II, que casado con la hija del más poderoso noble de la época, le disputó la corona en una guerra fratricida que se alargó durante años, con vaivrnes en ambas facciones e implicaciones de las demás potencias europeas.

Finalmente, Pedro I tras una derrota ante Enrique II se vio obligado a refugiarse en una pequeña fortaleza de Montiel, de la que le convencieron salir para tratar con su eterno rival. Y aquí cuenta la leyenda, que nada más verse en la tienda, se abalanzaron uno contra otro, daga en mano, la lucha debió ser encarnizada, aunque un tal Duguesclín, viendo que Pedro estaba a punto de asesinar a su señor, lo empujó, hecho que aprovechó Enrique para asesinarlo y ganarse su apodo del "fratricida".

Para la posteridad quedará la célebre frase de Diguesclín que, según la tradición, pronunció aquello de "Ni quito ni pongo rey, pero ayudo a mi señor"

Momento en el cual Duguesclín sujeta a Pedro I para permitir que Enrique lo apuñalase,
cuadro de Arturo Montero y Calvo.


JUAN II, EL HOMOSEXUAL


No podíamos acabar esta sección sin los rumores sobre la homosexualidad de algún monarca. Y aquí surgen los nombres de los últimos representantes de la casa Trastámara, ya que tanto Juan II como su hijo Enrique IV fueron acusados de sodomitas y de beneficiar a sus nobles "más queridos y cercanos".

Genelaogía de los Trastámara.


A Juan II se le acusa de tener como amante a su valido, Álvaro de Luna, hombre encargado de su formación y consejero íntimo del rey, al que siempre tuvo en alta estima. Sólo la mano firme de Isabel de Portugal, segunda esposa de Juan y madre de la futura Isabel "La Católica" logró acabar con su influencia, ejecutándolo, bajo el beneplácito de gran parte de la nobleza.

De aquella época contamos con el testimonio del historiador Fernán Pérez de Guzmán que en sus crónicas "Generaciones y semblanzas" escribió:

“El rey Juan ni de noche ni de día quería estar sin don Álvaro de Luna, y lo aventajaba sobre los otros, y no quería que otro alguno lo vistiese ni tratase”.


ENRIQUE IV, "EL IMPOTENTE"


Acabamos este repaso con Enrique IV, "el impotente" al que ya dedicamos una entrada en nuestro blog, ya se le acusó de prácticamente de todo lo acusable: Enrique IV: impotente, homosexual y vouyerista.

Y aunque más de uno de estos rumores, seguramente, fuera cierto, es importante señalar que Enrique IV tiene el dudoso honor de ser el primer monarca de nuestra historia patria que sufrió una campaña orquestada de desprestigio por parte de sus enemigos, al verter sobre su persona una serie de continuos rumores malintencionados sobre su sexualidad.

Los rumores sobre su impotencia vienen desde su primera noche de bodas, ya que por lo visto fue incapaz de mantener la erección para consumar con la reina. Con el paso de los años, y como la Reina no quedaba embarazada, los rumores sobre su sexualidad se fueron incrementando, ya que muchos aseguraban que la impotencia del rey era debido a una homosexualidad aletargada, ya que detestaba el trato carnal con mujeres y tuvo una larga lista de amantes masculinos, a los que benefició con toda clase de nombramientos y prebendas.


Es más, su única hija fue apodada "la Beltraneja" ya que por todos era sabido que Enrique había consentido la relación entre la reina y su hombre de confianza Beltrán de la Cueva, para así poder tener su ansiado heredero al trono.

Pero de todos los rumores que circularon en torno a Enrique IV el que más daño le hizo fue, sin duda alguna, el de ser un cornudo consentido, ya que esto fue lo que a la postre le costó el trono a su hija.




BIBLIOGRAFÍA:

 Gracias especialmente a la web www.sexomedieval.com y su entrada http://www.sexomedieval.com/reyes-versus-sexo-santos-y-reinos-perdidos/ que nos ha servido, en una semana de feria y vacaciones, de guión de inicio para este post.

 https://www.monografias.com/trabajos57/alfonsoxi-leonor-guzman/alfonsoxi-leonor-guzman2.shtml

sábado, 3 de enero de 2015

El rapto de mujeres: de la antigüedad a la Edad Media.

Sobre el rapto de mujeres:
- El rapto de la mujer en la Prehistoria
- El rapto de la mujer en la Antigüedad

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Hoy nos vamos adentrar en uno de los temas que más nos pueden chocar vistos desde nuestra mentalidad actual, estamos hablando del rapto de mujeres como forma no sólo de conseguir mujeres sino como una forma más de acceso al matrimonio.  Y aunque nos pueda sorprender, el rapto de mujeres ha sido una constante a lo largo de la historia hasta casi bien entrada la Edad Contemporánea, y aún, hoy en día, esta práctica sigue siendo bastante habitual en zonas de Asia Central, el Caúcaso y zonas de África, siendo muy común entre algunos pueblos como el gitano en Europa, los Hmong en Asia o los Tzeltal en México.

 Rapto de Helena, Luca Giordano S.XVII

Esta práctica tuvo que ser algo habitual desde tiempos prehistóricos, por lo que es muy probable que se diese desde nuestros ancestros sapiens, ya que en unos tiempos donde la la supervivencia de la tribu dependía en gran medida de un alto nivel reproductivo, la presencia de mujeres en edad fértil se convertía en una necesidad para cualquier tribu. Recordar que a esto habría que sumar la alta mortalidad infantil acompañada de una alta tasa de mortalidad en mujeres parturientas y sobretodo, la necesidad de exogamia en pueblos primitivos, de buscar relaciones fuera de la tribu, evitando así la peligrosa endogamia.

Milo Manara, Historia de la Humanidad.
Así no nos puede extrañar que casi todos los pueblos antiguos tengan leyendas y narraciones de raptos de mujeres; empezando por la Biblia donde desde su primer capítulo podemos encontrar referencias a raptos como el de Dina por Sique.

La mitología griega también está repleta de leyendas y mitos sobre raptos: desde el rapto de Europa por Zeus, o el rapto de Helena que desembocó en la famosa Guerra de Troya, incluso el rapto se utilizó para explicar fenómenos naturales, como el paso de las estaciones, con el rapto de Perséfone por Hades. Incluso el gran legislador Solón tuvo que regular mediante leyes estos actos, imponiendo al raptor el pago de una pequeña suma de dinero a la familia de la mujer,...Por lo que podemos suponer que el rapto fue acción habitual entre los pueblos de la antigüedad.

El rapto de las sabinas (1874) de Francisco Padilla.
Pero el rapto más famoso, inmortalizado por el arte, ha sido 'El rapto de las Sabinas', hecho fundamental para la fundación de Roma, y que nos habla muy claramente de los desequilibrios demográficos que podían exisitir en momentos determinados, y donde el rapto de mujeres, cumplía una función de equilibrio demográfico

Aunque como veremos a lo largo de este artículo, el rapto también podía ser la única salida para un matrimonio por amor, ya que los matrimonios solían ser concertados por los padres en función de sus propios intereses familiares, sin tener en cuenta la opinión de los hijos, por lo que el rapto, muchas veces propiciado por la propia mujer, era un opción muy buena para obligar a la familia de la "secuestrada" a aceptar este matrimonio.

Un ejemplo, de rapto por amor, muy nuestro y muy contemporáneo lo tenemos en la obra de Federico García Lorca 'Bodas de sangre', donde se exalta la acción del rapto, en el cual, la novia, huye con su amado a lomos de un corcel.

Y es que esta asociación entre rapto y matrimonio aún perdura en nuestras tradiciones, ya que la típica escena donde el novio coge en sus brazos a la novia y la lleva a su habitación, es una rememoración muy directa de lo que en su día fue el rapto de la novia.

Otro argumento que encontramos que nos habla de lo muy extendida que estuvo esta tradición es la abundante literatura que existe en torno al rapto, no sólo piezas de carácter jurídico sino también en novelas, piezas de teatro, poemas, leyendas, etc...

Gracias a historiadores como Heródoto sabemos que los casos de rapto también se podían desarrollar durante la colonización de nuevos territiorios; ya que en la mayor parte de estas colonizaciones sólo participaban hombres (colonias griegas, fundación de Roma, llegada de los españoles a América, etc) por lo que se podían dar dos circunstancias: que los pueblos vecinos aceptasen con agrado la nueva colonia y buscasen alianzas dando a sus hijas en matrimonio, o en caso contrario, que los nuevos colonizadores raptasen directamente a las mujeres. Como podemos ver, en ambos casos, la opinión de la mujer no contaba para nada, siendo tratada como una moneda de cambio.

Por los textos también conocemos los "matrimonios por captura", mujeres capturadas como botín de guerra. La suerte de estas mujeres podía ser muy dispar, con suerte se convertirían en la esposa de su captor, otras veces pasarían a ingresar en la lista de sus concubinas, aunque, para su desgracia, la mayoría de esta mujeres acabarían siendo unas simples esclavas, cuando no, abandonadas a su suerte, siendo su única salida la prostitución.

Rapto de las hijas de Leucipo, Rubens, 1616.

Una visión "realista" del rapto de la mujer.

Se ha especulado que todos estos relatos míticos relacionadas con el rapto de mujeres, sirvieron a los hombres para asentar la idea de la mujer sumisa y pasiva, sujeta a la voluntad y el deseo masculinos. Ya que por el contrario, todas las leyendas e historias sobre mujeres seductoras y activas, normalmente iban ligadas a una serie de ideas negativas.

El rapto de las Sabinas (fragmento)
Giovanni Francesco Romanell, S.XVII.
Toda esta literatura y mitología no nos puede hacer olvidar un hecho fundamental, el rapto de una mujer implica, casi siempre, otro hecho, su violación, por lo que es una manifestación brutal de la violencia ejercida contra la mujer. El hecho de que la mujer sea objeto de un rapto nos habla del papel de inferioridad que tuvo que soportar la mujer en la sociedad a lo largo de los siglos.

Un ejemplo evidente de todo esto es que en muchas sociedades, y dependiendo de la condición social de la mujer, éstas se encontraban totalmente desamparadas ante las leyes en casos de rapto o violación; en el mejor de los casos, se despachaba el asunto con el pago de una pequeña suma a la familia de la mujer. Este pago no era por el daño hecho a la mujer, sino por considerar que se había producido un agravio a la propiedad del padre de la mujer.

También podemos destacar el hecho de que estas tradiciones de rapto (simulado) de las mujeres se dan en sociedades de arraigado carácter patriarcal, donde lo que predomina es la descendencia en línea paterna.


I.- EL RAPTO DE MUJERES EN LAS CULTURAS ANTIGUA EUROPEAS

Germanos

En la Europa continental el rapto fue una costumbre muy extendida entre los pueblos germánicos, y aunque nuestras primeras noticias de estos actos provienen de fuentes romanas, especialmente de la obra de Tácito 'Germania', obra de carácter etnográfico que nos habla de los pueblos germánicos más allá del limes romano. La antigua tradición del matrimonio mediante rapto entre estos pueblos parece confirmarse en que casi diez siglos después, en plena época franca (S.IX), los concilios eclesiásticos seguían condenando con fuerza estas prácticas.

Y son estos mismos pueblos, de raíz germánica, los que crean las primeras legislaciones en relación al rapto y a la sustracción de una mujer para contraer matrimonio, ya que una vez asentados en los antiguos territorios romanos se encuentran con la necesidad de regular sus propias costumbres. Estas primeras fórmulas jurídicas creadas entre los siglos VI al VIII se convierten en un punto de referencia clave para el estudio jurídico de la institución matrimonial tal como se ha ido configurando en Europa.

Rapto de Perséfone, bajorelieve.

Celtíberos

Entre los pueblos peninsulares también es probable que existiesen este tipo de matrimonio por rapto,sobre todo, entre aquellos pueblos de raíces más arcaicas, dedicados a la guerra y a las incursiones de rapiña.

Un relato que recoge esta posible tradición es el suceso que narra Diodoro acaecido en la boda del caudillo lusitano Viriato, el cual rechazó participar en el banquete que le ofrecía su suegro (un importante jefe tribal lusitano) y prefirió subir la novia a la grupa de su caballo y partir al galope hacia su escondite en la sierra.

"Ordenó traer a la novia. Una vez que ofreció sacrificios a los dioses y cumplió los ritos habituales entre los íberos, puso a la jóven sobre su caballo y al instante marchó al refugio que tenía dispuesto en la montañas, pues creía que la independencia era el mayor tesoro"
- Diodoro XXXIII, 7.


Grecia

En la mitología griega está repleta de leyendas en torno a mujeres raptadas, ya fuesen diosas, mortales, ninfas, ... lo que nos habla muy a las clara de lo extendida que podía estar esta tradición entre los pueblos antiguos. Aunque entre los griegos también se dan leyendas de jóvenes varones raptados por dioses o héroes, adaptándose sus mitos a sus costumbres sociales , como la de tener relaciones amorosas con efebos. Uno de los raptos masculinos más conocidos en la mitología es el del jóven Ganímedes por parte de Zeus.

Mosaico romano - El rapto de Europa.
Esta arcaicas tradiciones tenían su representación ritual durante las bodas, ya que entre los griegos existía un tipo de matrimonio que se denominaba así, matrimonio por rapto, especialmente en Esparta donde la ceremonia empezaba por la 'arpagh' (rapto) de la novia.  En estas bodas se escenificaba la acción de un rapto, cuando el novio, llegada la noche, cogía a la novia en brazos y la subía a un carro, para llevarla de casa de los padres de ella a su propia casa. Vemos como se convierte en ritual lo que es herencia de un hecho cultural cierto.

Plutarco nos cita la tradición griega (Licurgo, 15, Rómulo 15, Cuestiones romanas 29), imitada luego por los romanos, de que la jóven no debía entrar por su propio pie en su nuevo hogar de casada, y era el marido el que la tenía que levantar en brazos y hacerla traspasar ese umbral, mientras ellas fingía resistencia mediante gritos y aspavientos

Roma

Roma puede ser uno de los exponentes más evidentes de la permisividad de la violencia ejercida por el poder patriarcal ante las mujeres. Así entre las primeras leyes del derecho romano no destaca ninguna ley que protega a las mujeres ante la violencia sexual, por lo que podemos suponer que es un reflejo de sus valores religiosos como sociales, ya que en la mitología grecoromana está repleta de ejemplos de dioses practicando violaciones. Por lo que no sabemos si estos mitos son fantasías agresivas patriarcales o si son un reflejo cercano de la sociedad de su época.

El rapto de las sabinas, J.L. David (1799)

Lo que parece claro, es que a finales de la República la tolerancia de la sociedad hacia el sexo por la fuerza fue desapareciendo paulatinamente, pasándose a tipificar poco después, como delito grave, tanto el rapto como la violación.

Aunque volvemos a recordar que en Roma, donde la mujer estaba sujeta al férreo control de la patria potestad, el rapto de una mujer, escondería la mayor parte de las veces, fugas amorosas, donde la mujer busca la libertad de poder casarse con su 'secuestrador'.

Rapto de Proserpina,
Bernini (S.XVII)
En tiempos ya de los emperadores cristianos (siglos IV y V) se fueron modificando las leyes respecto al rapto. Entre estos cambios destaca el introducio por el emperador Constantino que definió el delito de rapto como ofensa pública y no como daño privado. La mujer que consentía un rapto y su posterior consumación del rapto, podía ser quemada viva junto a su raptor. Aunque la mujer que fuese raptada contra su voluntad también sería castigada, aunque menos severamente, ya que se interpreta que se podía a ver resistido más enérgicamente.

Así el delito de rapto pasó de ser considerado un agravio a la autoridad paternal a una ofensa a toda la sociedad, es decir, pasó de considerarse como un delito del ámbito privado a uno público.

Con Justiniano, el derecho romano sufrió otra importante remodelación en cuanto a los castigos referentes al rapto y violación, aplicándose la pena de muerte para los raptores de cualquier mujer, añadiendo un importante matiz, ya que daba igual su condición social, ya fuese esclava o libre, casada o soltera; extendiéndose el castigo a los cómplices del crimen, pudiendo la familia de la víctima aplicar el castigo si capturaba al captor.

La promulgación de todas estas leyes junto a las de prohibir los matrimonios mediante rapto, no parecen aclarar si estas leyes estaban dirigidas a proteger a la mujer, o bien, evitar los llamados matrimonios clandestinos que no contaban con la autorización paterna.

El curioso caso de los Raptos masculinos

Nos parece interesante detenernos un momento en una serie de "raptos" diferentes que explican muy bien la visión machista y patriarcal que la cultura griega nos transmitirá. Estamos hablando del rapto de hombres por parte de mujeres.

En la mitología griega también tenemos numerosos ejemplos de mujeres que seducen y raptan a hombres, aunque en este caso, estos mitos nos transmiten una idea muy clara, las figuras femeninas que rapten y seduzcan a los hombres están ligadas a la muerte y a las desgracias: por un lado estas las mujeres monstruosas como las sirenas, la Esfinge, o las menos conocidas, mujeres serpiente, que habitaban en los confines del mundo griego, que atraían a los caminantes para poseerlos y matarlos.

Circe y los hombres de Odiseo,

Pelike de figuras rojas.
Siglo V a. C., Dresden.
Después tenemos a las mujeres humanas, como Circe y Calipso, que usan sus encantos, su belleza, su seducción para atraer a los hombres, asociando a estas mujeres con brujas que utilizan la magia y pócimas para satisfacer sus deseos.

Estos mitos tienen como objetivo transmitir el miedo a los hombres ante la figura de la mujer sexualmente ávida, el cómo caer ante el poder de seducción de una mujer conlleva desgracias y dolor. Es decir, transmitir un recelo y desconfianza ante las mujeres (sexualmente) independientes. 

En resumen, cuando son las mujeres las que seducen, es bajo un aspecto negativo, perverso, transgresor; sin embargo, cuando es el hombre el que seduce se asocia a ideales de fortaleza, valentía, sabiduría; incluso cuando las propios hombres utilizan engaños e intrigas, nunca se le da esa consideración negativa que sí se le da a las figuras femeninas.



II.- EL RAPTO EN EL DERECHO ECLESIÁSTIVO Y CIVIL

a) El Rapto en el Derecho de la Iglesia

La posición de la Iglesia respecto al tema del rapto y otras formas de matrimonio, como el matrimonio sin el permiso paterno, fue sufriendo diferentes cambios a lo largo de los siglos. No nos vamos a extender sobre las diferentes obras doctrinales y/o jurídicas redactas por la Iglesia en torno a este tema, simplemente mencionar aquellos textos más importantes.

El primer texto donde se pronuncia la Iglesia acerca del "matrimonio por rapto" corresponde a la Iglesia oriental, que en su Concilio de Ancira (314 d.C.) estableció que "la mujer raptada por quien no era su prometido debía ser devuelta a su familia evitándose el matrimonio con su raptor". Posteriormente, Basilio de Cesarea, reinterpretó este texto añadiendo que la mujer raptada tenía que ser devuelta a su familia, aunque el padre de ella podía decidir si casarla con su raptor.

Uno de los documentos que va ir unificando la postura de la Iglesia es el Decreto de Graciano, redactado en pleno siglo XII, y que retomaba las antiguas leyes codificadas de Justiniano, volviéndose a la definición romana de rapto. Lo primero a destacar es la fecha, si aún en fechas tan tardías como el siglo XII era necesario regular estas conductas era porque aún seguían vigentes. Una de las interpretaciones más novedosas era considerar que cualquier matrimonio realizado bajo coacción no resultaba válido, pues el libre consentimiento era esencial para el matrimonio.


El rapto de las sabinas, Nicolas Poussin, 1637-1638.

Hay que esperar hasta el Concilio de Trento (S.XVI) para que matrimonio pasase a ser un sacramento, y por lo tanto el rapto se consideró una acción que impedía el matrimonio, al menos hasta que la mujer fuera liberada; posteriormente en un lugar seguro y honrado se podrían casar, siempre bajo el consentimiento de la mujer.

Si el raptor no accedía a liberar a la mujer el Concilio decretaba: "que no puede haber Matrimonio alguno entre el raptor y la robada, por todo el tiempo que permanezca esta en poder del raptor. Mas si separada de éste, y puesta en lugar seguro y libre, consintiere en tenerle por marido, téngale este por muger, quedando no obstante excomulgados de derecho, y perpetuamente infames, é incapaces de toda dignidad, así el mismo raptor, como todos los que le aconsejaron, asiliaron y favorecieron, y si fueren clérigos, sean depuestos del grado que tuvieren. Esté además obligado el raptor á dotar decentemente, á arbitrio del juez, la muger robada, hora case con ella, hora no" 

La importancia de este Concilio frente al rapto es que sólo condenaba el rapto con violencia, es decir, el llamado rapto por seducción, aunque en contra de la voluntad de los padres de ella, no se sancionaba, ya que prevalecía el derecho de elegir libremente a la persona deseada para contraer matrimonio.

El rapto de la cautiva, Rugendas, 1845.


b) El Rapto en el Derecho Medieval

En el derecho medieval vamos a ir observando una evolución a lo largo de los siglos, en las primeras legislaciones el rapto es considerado como un acto normal de acceso al matrimonio, poco a poco se irá convirtiendo en un delito grave, primero se considerará que este delito afectaba al propietario de esa mujer (ya fuese su padre, su marido, etc) y después tomándose en cuenta la propia integridad de la mujer. Es decir, la mujer fue vista, primero como un objeto para después ser considerada como una propiedad, y poco a poco irá adquiriendo más personalidad jurídica.

En los inicios de la Edad Media convivieron dos derechos jurídicos diferentes, por un lado, el incipiente derecho canónico que condenaba el rapto mediante penas canónicas, y donde cabía el arrepentimiento del delincuente e incluso podía conseguir el matrimonio con la muje raptada si la familia de ella lo permitía.

Por otro lado estaban Corpus Iuris Civilis, la recopilación de derecho romano realizada por el Emperador Bizantino Justiniano, en el siglo VI d.C.; donde se consideraba que el rapto era un delito grave y prohibía en cualquier caso el futuro matrimonio entre captor y raptada.

En la Europa continental, donde las tradiciones de los pueblos germánicos estaban aún muy anraizadas, el rapto no fue considerado un delito, y se entendía como otra de las formas de obtener el matrimonio ante la negativa de los padres. Los diferentes poderes, civiles o eclesiásticos, no empezaron a penalizar estas prácticas hasta que no se extendió la necesidad de la autoridad de controlar de manera más rigurosa los matrimonios.

En la sociedad franca, ante los abundantes casos de matrimonio por rapto, se estableció un procedimiento por el cual la mujer podía elegir entre permanecer con su familia o casarse con su raptor.

El rapto de perséfone, Jan Van Baurscheit, terracota 40x43 cm,
Museo real de Bellas Artes, Bruselas, Bélgica

En la hispania visigoda, el Fuero Juzgo, aprobado en el año 681 d.C. también dedicada algunas leyes a castigar los casos de rapto sobre mujeres libres; así por ejemplo, si un hombre se llevaba por la fuerza a una mujer virgen o viuda, y ésta perdía su castidad, el raptor debía entregar la mitad de sus bienes a la mujer, también se contemplaba como castigo que el captor pasase a ser siervo del padre de la mujer. El rapto de una mujer se consideraba un atentado contra la autoridad del rey, ya que é eral la máxima autoridad encargada de velar por la integridad de todos sus súbditos y de aplicar las penas públicas, por lo que el raptor también podía ser castigado a recibir 200 azotes en la plaza pública.

El siguiente cuerpo jurídico importante son el Fuero Real y las Siete Partidas de Alfonso X el sabio. En el Fuero Real se imponía la pena de muerte para el raptor que además violase a la mujer; si no había violación, sólo rapto, las penas variaban según la condición social de la mujer, si la mujer era religosa, la pensa era la muerte, si la mujer estaba casada,  el raptor era entregado al marido, el cual podía hacer con el raptor lo que quisiese, en los otros casos se imponía una multa de cien maravedíes.

En las Partidas de Alfonso X  se equiparaba el rapto con la violación, así en su séptima partida, título XX se establece que “forzar o robar muger virgen ó casada ó religiosa ó vibda que viva honestamente en su casa, es yerro et maldad muy grande”, es decir, que el rapto es considerado un crimen muy grave.

En conclusión, parece claro que las continuas promulgaciones de leyes y sanciones, por parte tanto de los poderes políticos como eclesiásticos,  para sancionar estas prácticas, nos da una idea de lo arraigada que estaba esta tradición en muchas sociedades europeas, ya que se siguieron practicando hasta casi bien alcanzada la Edad Moderna..

El rapto de Hipodamia, Rubens ,S.XVII.


c) El fin del rapto de matrimonio (S.XII)

La costumbre del rapto por matrimonio se mantuvo en muchas zonas europeas hasta el siglo XII, sólo a partir del siglo XII, con el nacimiento de las Universidades, juristas y canonistas lograrán plantear fórmulas legales donde establecían la prohibición de matrimonio en casos de rapto sin que esto representase una violación de la libertad del consentimiento individual.

Pero sin duda, el hecho que permitió ir eliminando esta tradición, es que los hombres encontraron formas más sutiles de conseguir casarse con una mujer pese al rechazo de su familia. La idea del amor cortés se expandió rápidamente por toda Europa, y el rapto fue cediendo ante la seducción como método de conquista. Este cambio de mentalidad, impulsada primero por los poetas y trovadores, pronto se vería reflejada en el derecho canónico.

Aunque en Europa esta tradición se fue perdiendo paulatinamente, no significa que los europeos no la siguiesen practicando en otros lugares del mundo, el mejor ejemplo que define los nuevos casos de rapto es con la llegada de los europeos a América, donde se cometieron todo tipo de abusos contra las mujeres indígenas, aunque este triste capítulo, lo podemos englobar dentro de la Edad Moderna, por lo que le dedicaremos un entrada monográfica...




BIBLIOGRAFÍA


Agudo Romeo, M. del M. El rapto de la mujer en la legislación foral medieval aragones, Aragón en la Edad Media, Nº 20, 2008 (Ejemplar dedicado a: Homenaje a la profesora M.ª de los Desamparados Cabanes Pecourt) , págs. 45-64

Alamillo, A.; El rapto en la mitología clásica, X Seminario de Arqueología Clásica (Facultad de Geografía e Historia U.C.M.), 2002

Benítez Barba, L.; El rapto: un repaso histórico-legal del robo femenino

López Medina, A.; Consecencias socio-jurídicas de la regulación del rapto en materia matrimonial, Revista General de Derecho Canónico y Derecho Eclesiástico del Estado 31, Universidad de Huelva. 2013.

Pastor de Arozena, B., Retórica imperial: el rapto en la legislación de Constantino, Faventia: Revista de filologia clàssica, Número 20, Fasc. 1, 1998, págs. 75-81

VV.AA.; La violencia de género en la antigüedad, Madrid: Instituto de la Mujer, colección Estudios,
núm. 97, 2006.


viernes, 21 de noviembre de 2014

Sexualidad en Alta Edad Media: Paganismo Vs Cristianismo


Hoy nos adentramos en uno de los períodos menos conocidos de nuestra historia, rodeado tradicionalmente por un halo de decadencia y oscuridad, hablamos del período de transición entre la sociedad antigua a la medieval.

Este es un período fascinante, el choche de dos sutratos culturales, el romano y el germano, que su fusionarán para dar comienzo a una nueva etapa, la Alta Edad Media y donde la Iglesia tomará un importante protagonismo, intentando eliminar cualquier referencia pagana e imponiendo su programa ideológico y moral.

En el plano de la sexualidad se producirán importantes transformaciones culturales, éticas, morales, incluso estéticas que configurarán la visión del sexo del hombre occidental hasta prácticamente nuestros días.

Las costumbres germanas en materia sexual se entremezclaron con antiguas leyes romanas y con los conceptos programáticos de la iglesia católica, aún no definidos totalmente, dando lugar al nacimiento de una nueva moralidad sexual, donde los padres de la iglesia saldrán vencedores imponiendo una visión restrictiva y negativa de la sexualidad humana y redefiniendo algunos conceptos relacionados con este campo como el matrimonio, el divorcio, la poligamia, el concubinato, el amor y el sexo.


Evolución de los Reinos Germánicos.

EL CUERPO y LA DESNUDEZ 

Según revelan las leyes de los francos, el cuerpo femenino era tabú, ya que imponían ciertas multas económicas por tocar el cuerpo de una mujer libre, por ejemplo si se le tocaba una mano el infractor tenía que pagar 15 sueldos y esa cantidad iba subiendo hasta llegar a los 45 sueldos por tocarle el pecho a una mujer.

Esta concepción sagrada del cuerpo de la mujer se debía a ciertas tradiciones paganas, donde la mujer se desnudaba completamente en ceremonias relacionadas con la fecundidad de los campos o en ritos propiciatorios de lluvias.

El desnudo cristiano tenía un sentido completamente distinto. Hasta el siglo VIII, existió la tradición cristiana de bautizar completamente desnudos tanto a hombres como a mujeres en pequeñas piscinas octogonales adosadas a las iglesias o catedrales. Esta desnudez venía a representar la sencillez del hombre ante la voluntad divina.

Juan el Bautista bautizando a un discípulo,
de un rollo francés del siglo XII.

Son dos concepciones del cuerpo y de la desnudez completamente divergentes; mientras el desnudo cristiano representa a un ser creado, el desnudo pagano representa a un ser procreador. El fin del bautismo por inmersión durante época carolingia supuso el fin de la concepción pagana de la desnudez, otorgándole a partir de ahora una significación sexual y genital. Es decir, la adoración pagana al cuerpo supuso que el cristianismo reaccionase otorgándole una significación de temor y tabú hacia el cuerpo desnudo.

Este proceso se ve claramente en la evolución iconográfica de los crucifijos, hasta el siglo VI cristo aparecía completamente desnudo en los crucifijos (ya que los condenados a morir en la cruz lo hacían completamente desnudos). Pero desde Bizancio se difundió la iconografía de cristo vestido con una larga túnica.  En un mundo mitad cristiano mitad pagano era un peligro presentar un dios desnudo, ya que podía acabar adorándose a Cristo como si fuese un dios pagano de la fecundidad, similar a Príapo o a Freyr, divinidad vikinga itifálica.

FAMILIA

A los inicios de la alta Edad Media la familia mantendrá las características propias de la sociedad romana y germánica, un grupo familiar amplio que comprendía parientes, viudas, jóvenes huérfanos, esclavos, sobrinos etc. Todos bajo el dominio de un varón que era el jefe del linaje y que velaba por la seguridad, física y económica, de todos sus miebros, por este motivo, el matrimonio no era un acto individual sino era un asunto de política familiar.

Esta familia amplia vive bajo el mismo techo y se puede decir que comparte casi la misma cama, presentándose más fácilmente situaciones de lujuría o incesto, por ello, la Iglesia se preocupú mucho de prohibir este tipo de relaciones familiares y apostando por la emancipación de la familia conyugal, donde la unidad familiar estuviese compuesto sólo por padres e hijos.

La famila medieval.
Así que entre los siglos VI y IX se desarrolla una de las transformaciones sociales más importantes de nuestra historia occidental, se configura una nuevo tipo de estructura familiar que llegará hasta nuestros días, el 'grupo unitario corresidencial' formado por una pareja y su descendencia directa (hijos y nietos).

Según David Herlihy, tres fueron las características que darán forma a la familia occidental:
1. La unidad de la familia nuclear (padre-madre-hijos)
2. Imposición del linaje paterno sobre el materno
3. El factor emocional (amor) que une a todos sus miembros

DISCREPANCIAS CON LA IGLESIA

Bautismo de Clodoveo,
rey de los francos.
La discrepancia con la Iglesia era, sin duda, evidente, pues la doctrina eclesiástica consideraba al matrimonio como una unión de por vida entre el hombre y la mujer. Mientras que los pueblos de sustrato germánico consideraban que el hombre podía repudiar a su mujer siempre que quisiese. Además estos pueblos consideraban el sexo como el acto fundamental donde quedaba sellado el matrimonio, mientras que la Iglesia veía el sexo como algo impuro, por lo que los germanos no estaban muy por la labor de vivir una sexualidad tan restringida.

Aunque hay que recordar que la Iglesia por estas fechas aún no estaba definida doctrinalmente en torno a ciertos aspectos como el matrimonio o el sexo dentro del matrimonio. Hincmar (845-882), arzobispo de Reims, planteó una teoría sobre el matrimonio bastante novedosa para la época, que intentó acercar posturas con la tradición germánica, donde la consumación sexual se hace necesaria para la validez del matrimonio.

"Un verdadero acoplamiento en el matrimonio legítimo entre personas libres de igual condición, ocurre cuando una mujer libre, que ha recibido la dote debida, se une a un hombre libre con el consentimiento paterno en una boda pública seguida por una relación sexual."

Y es que como veremos a continuación, las posturas de la Iglesia entorno a la ética sexual para el matrimonio era de lo más variado: desde las posturas más abiertas y sorprendentemente modernas de
Juan Damasceno (675-749) que hablaba de los beneficios del sexo dentro del matrimonio:

"Que cada hombre disfrute de su mujer... No tendrá que ruborizarse, sino que podrá llevarla al lecho, día y noche. Que hagan el amor, manteniéndose el uno al otro como hombre y mujer y exclamando:  “¡No os neguéis el uno al otro sino de mutuo acuerdo!” .
¿Os abstenéis de tener relaciones sexuales? ¿No deseáis dormir con vuestro marido? Entonces aquel a quien negáis vuestra plenitud saldrá y hará el mal, y su perversión se deberá a vuestra abstinencia
".

Aunque como veremos la mayor parte de los eclesiáticos siguieron las doctrinas de San Agustín y San Isidoro respecto al sexo, es decir, siguieron la senda de transmitir una visión negativa de la sexualidad, incluso dentro del matrimonio. Claros ejemplos de esta concepción negativa la tenemos en los obispos francos: Gregorio Magno recomendaba no practicar el sexo ni siquiera dentro del matrimonio, ya que conectaba a los hombres con el pecado. Jonás de Orleans (780-843) condenaba el placer conyugal ya que el matrimonio sólo estaba dirigido a la procreación, también difundió la idea de que el sexo debilitaba al hombre en su actitud guerrera.


ESPONSALES Y MATRIMONIO

Dentro del mundo franco el concepto de familia constituía una amplia unidad social que servía de protección. El cabeza de familia era el jefe del linaje, que tenía que velar por la pureza de la sangre y de la autenticidad de la descendencia. Este mund, este poder protector pasaba a manos del marido de su hija mediante el matrimonio o los esponsales.
Esponsales
Aunque generalmente eran los padres quienes decidían el matrimonio, oficialmente se promulgaron ciertos decretos (Clotario II, 614) donde se especificaba que se prohibía casar a las mujeres en contra de su voluntad. Las leyes burgundias eran muy severeas contra las parejas que se casaban sin el consentimiento paterno, a la mujer se la consideraba adúltera y el hombre tenía que pagar el doble del precio nupcial.
Los esponsales (especie de contrato preparatorio al matrimonio) eran una medida de protección ante la posible violencia del marido y un certificado de garantía de la pureza de la desposada. La ceremonia era de carácter público y la decisión irrevocable, bajo pena de multas económicas por inclumpir dicho contrato. En territorios de influencia romana la unión se certificaba por escrito, en territorios de influencia germánica valía la presencia de tres testigos.

La ceremonia de las esponsales era más importante que la del matrimonio, ya que  durante los esponsales se celebraba un gran banquete con bebidas y comida para todos los asistentes, el alcohol derivaba en bromas y cantos obscenos para animar a los futuros esposos.  Durante la ceremonia los padres de la esposa recibían una suma determinada de dinero y la prometida recibía una dote compuesta en animales domésticos, vestidos, joyas, monedas, ajuar. Entre los galos existía la costumbre de dar un par de pantuflas, como símbolo de paz doméstica. La ceremonia concluía cuando los novios intercambiaban un beso en la boca como símbolo de la unión de ambos esponsales.

Tanto en la cultura franca como en la germana el matrimonio no esta plenamente realizado hasta que se producía su consumación. Una vez realizada la consumación y en agradecimiento a la pureza de sangre de la novia, es decir, a su virginidad, el novio le entregaba un nuevo obsequio, el morgengabe ("regalo de la mañana"), es decir, la entrega de parte de los bienes (un tercio) que el marido ponía a disposición de su mujer en caso de fallecimiento, se puede entender como una especie de pensión de viudedad.


RAPTO Y VIOLACIÓN

La violación de una mujer se consideraba un acto muy grave, ya que una mujer corrompida ya no valía nada, se le negaba incluso el derecho a la propiedad de sus bienes, siendo casi su única salida la prostitución.

Entre los galo-romanos, la violación de una mujer libre se castigaba con la muerte; el de una esclava con el pago de su valor. Los francos también castigaban con la muerte al violador no libre que abusara de una mujer, aunque si se probaba que ella había consentido, la mujer perdía su libertad. Los visigodos contemplaron la posibilidad, por la cual si la mujer aceptaba casarse con su violador, y éste obtenía el consentimiento de los padres, se libraba de la muerte.

El rapto de las sabinas (1874) de Francisco Padilla.
El rapto era un hecho frecuente para asegurar un matrimonio, ya que se consideraba que esa mujer había sido violada, por lo que una vez realizado era fácil arrancar el consentimiento de los padres, así que el matrimonio se convertía en un hecho consumado, ya que era casi la única forma de salvaguardar el honor familiar.
Si la doncella regresaba a casa paterna virgen, el captor debía pagar una suma de dinero, en caso de no tenerla la suma exigida por la ley, los padres podían castrarlo. Lo que muestra que el rapto y la violación eran habituales a la hora de conseguir a una mujer.


INCESTO

El incesto estaba especialmente perseguido, a pesar de no tratarse de relaciones entre hermanos. Los matrimonios con parientes se consideran incestuosos, entendiendo por parentela "una pariente o la hermana de la propia esposa" o "la hija de una hermana o de un hermano, la mujer de un hermano o de un tío". Los incestuosos eran separados y quedaban al margen de la ley, a la vez que recibían la excomunión y su matrimonio era tachado de infamia.

ADULTERIO

Marido ofendido agrede a los amantes.
El adulterio por parte de una mujer era uno de los peores crímenes que se podían cometer, ya que no sólo era una ofensa y un deshonor, sino que generaba dudas sobre la legitimidad de la descendencia. La ley se mostraba implacable contra este delito, el repudio inmediato de la mujer casada y su muerte por estrangulamiento, quemada viva o sometida a la ordalía del agua (tirarla al agua con una piedra atada al cuello). Gregorio de Tours nos habla a las clara de esta situación “en cuanto a la mujer, llamada a juicio unos días después, acababa sus días estrangulada”.

Además la ley de los galo-romanos permitía si pillabas a los adúlteros in fraganti matarlos al mismo instante. Entre los visigodos este derecho de "venganza" se extendía al padre de la mujer y también a sus hermanos. Este crimen se consideraba tan horroroso para la comunidad que la ley lombarda castigaba a cualquier cónyuge que tolerase el adulterio sin denunciarlo.

DIVORCIO

Aunque la Iglesia siempre se opuso al divorcio, las leyes de diferentes pueblos, como la de los burgundios o las de los galo-romanos, lo autorizaban, aunque siempre en condiciones desfavorables hacia la mujer.

De nuevo vamos a ver una clara diferenciación entre el sustrato romano, más igualitario, y el germánico, con una legislación más favorable hacia el hombre. Un marido podía repudiar a su mujer en caso de :”uno de los tres crímenes siguientes: adulterio, maleficio (provocar el aborto con alguna bebida)  y violación de sepultura”. Pero una mujer no podía pedir el divorcio, porque eso signigicaba forzosamente que había sido adúltera. Los galo-romanos si que permitían a las mujeres a repudiar a sus maridos en el único caso que hubiesen asesinado o violado una sepultura.
En época merovingia la separación de los cónyuges por consentimiento mutuo tuvo que ser algo corriente, y la Iglesia tuvo que tolerar, el divorcio iniciado por la mujer en casos como malos tratos, deseos de entrar en la religión, impotencia del marido, lepra, adulterio.

Boda medieval
Por otro lado, hay que hablar que los casos de divorcios dependían de la condición social, ya que dentro de la alta nobleza franca, los intereses políticos, familiares, ... se imponían sobre el matrimonio, por lo que eran habituales los casos donde las mujeres eran repudiadas para formalizar pactos o alianzas con otras familias.

Así tenemos el testimonio del arzobispo de Reims, Hicnmar (840-882) que nos habla del método brutal de divorcio que utilizaban algunos de estos grandes nobles, conocido como “divorcio a la carolingia”, en el cual se enviaba a la mujer a la cocina donde algún esclavo la degollaba limpiamente. Después con el simple pago de compensación a la familia ofendida, podía realizar un segundo matrimonio legal, ya que a ojos de dios el hombre estaba viudo.

CONCUBINATO

Una de las teorías doctrinales que más costó introducir a la Iglesia en estas sociedades fue el concepto de la indisolubilidad del matrimonio, ya que estas sociedades tenían costumbres muy arraigadas difícilmente compatibles con esta idea; entre los germanos, la poligamia y entre los galo-romanos el concubinato con las esclavas.

Un claro reflejo de esta mentalidad la tenemos en las leyes que condenaban con multas la violación, el rapto o la unión con una esclava, aunque fuese bajo su consentimiento, si la mujer pertenecía a otro amo. Pero ninguna ley legislaba contra el señor que se unía a su propia concubina. En resumen, oficialmente, había monogamía; en la práctica, existía la poligamia.

Las condiciones jurídicas de estas concubinas y esclavas era nulas, por lo que si su señor las repudiaba se marchaban sin dote ninguna y sus hijos bastardos sin quedaban sin derecho a herencia. Esto podía desencadenar terribles luchas dentro de estos gineceos por obtener el favor del marido.   

La institución del concubinato estaba tan extendida que todos los reyes merovingios tuvieron varias esposas y concubinas, Carlomagno tuvo hasta cuatro esposas y unas cuantas concubinas; sin olvidar que esta dinastía, la carolingia fue fundada por Carlos Martel, un bastardo.

En resumen, la constante lucha de los padres de la iglesia contra la poligamia y el divorcio nos habla de lo extendidas que estaban estas prácticas, y no fue hasta el siglo X cuando lograron asentar entre estos pueblos la monogamia y la indisolubilidad del matrimonio; primero entre la gente llana y luego entre la nobleza; alcanzando primero a los pueblos galo-romanos y con más esfuerzo a los francos. Se puede afirmar que en los siglos IX y X el mundo galo ya había abandonado estas prácticas (poligamia y divorcio), aunque el concubinato con las sirvientas, sobretodo en el ámbito rural, siguió perdurando varios siglos.


EL CONCEPTO DE AMOR

Es sorprendente descubrir que en casi ningún texto medieval se utiliza la palabra 'amor' en sentido positivo, el amor es un sentimiento irracional, que arratra a los hombres y mujeres hacia la pasión, la destrucción y el pecado. Se lucha contra el concepto de amor de deseo violento.

Para referirse al amor dentro del matrimonio se utiliza la expresión 'charitas coniugalis' más cercana a la acepción de ternura, amistad o gracia conyugal, otra expresión utilizada es 'dilectio', que vendría a significar algo así como amor de preferencia y de respeto. Jonás de Orleams, en el siglo IX, utiliza la palabra caritas para referirse al amor conyugal,  y dentro del matrimonio sólo podía darse una 'honesta copulatio', es decir, el sexo dentro del matrimonio sólo estaba permitido con fines reproductivo.


Como podemos ver, durante la alta Edad Media,  la palabra amor sólo se utiliza en el ámbito extraconyugal , ya que el concepto de 'amor' se entiende como un sentimiento abrumador, irresistible, de carácter destructivo, como algo pecaminoso. Los germanos utilizaban otro término, que también ha llegado hasta nuestro días, para referirse a este tipo de sentimiento irracional, la 'líbido', asociado siempre a la mujer.




BIBLIOGRAFIA

Rojas Donat, L.; Para una historia del matrimonio occidental. La sociedad romano-germánica. Siglos VI-XI, Theoria, vol. 14, núm. 1, 2005, pp. 47-57

Rouche, M.; Alta Edad Media Occidental, Historia de la vida privada / coord. por Peter Brown, Evelyne Patlagean, Michel Rouche, Yvon Thébert, Paul Veyne, Vol. 1, 2003 (Del Imperio romano al año mil) , págs. 403-534.

[En Internet]

Isidoro de Sevilla y su tiempo en http://mgiribetshistoria.blogspot.com.es/2013/06/isidoro-de-sevilla-y-su-tiempo-las.html

Los mosuo y la honesta copulatio en http://iconosmedievales.blogspot.com.es/2011/10/los-mosuo-y-la-honesta-copulatio.html